Intensa actividad de adaptación de la legislación española a la normativa comunitaria
Con el fin de cumplir con las directrices marcadas por diferentes directivas europeas –entre otras, las englobadas bajo la denominación “Paquete IVA”- se han dictado un conjunto de disposiciones en materia tributaria que recoge el Boletín Oficial del Estado en su edición del pasado día 2 de marzo. Ver disposición 1, disposición 2, disposición 3
Reformada la Ley de Ordenación del Comercio Minorista
Inspirada en el principio de libertad de empresa y con la finalidad de facilitar el libre establecimiento de servicios de distribución comercial y su ejercicio, garantizando que las necesidades de los consumidores sean satisfechas adecuadamente -según reza su exposición de motivos- esta norma viene a modificar la regulación comercial minorista para adaptarla a lo establecido por la Ley Omnibus (encargada de la transposición de la Directiva 2006/123/CE, relativa a los servicios en el mercado interior). Todo ello, sin perjuicio de las competencias que en materia de comercio interior tienen las Comunidades Autónomas. Ver disposición
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Más cambios en la legislación comercial: venta ambulante y en régimen de franquicia
Las ventas ambulantes y en régimen de franquicia se han visto afectadas también por las exigencias impuestas por la Directiva 2006/123/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior, procediéndose, en consecuencia, a acometer cambios en las disposiciones que las regulaban. Ver disposicion 1, disposición 2
Nuevos criterios en la declaración de operaciones con terceras personas (modelo 347) correspondiente al ejercicio 2009
La Agencia Estatal de Administración Tributaria difunde a través de una nota informativa las nuevas pautas interpretativas a aplicar en la presentación del modelo 347 relativo a operaciones con terceros. Dichos cambios afectan a empresarios o profesionales que satisfagan compensaciones agrícolas, a entregas en metálico superiores a 6.000 euros y al arrendamiento de locales sujetos a retención. Ver nota AEAT
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