Depósito Fianzas Arrendamientos Urbanos
A través del Decreto 42/2011, de 3 de marzo, la Xunta de Galicia regula el procedimiento para cumplir la obligación de depósito de fianzas establecida en Ley 29/94, de 11 de noviembre de arrendamientos urbanos. Como novedad destaca que durante el tiempo de duración del contrato, el Instituto Galego de Vivenda e Solo puede disponer de hasta el 70% del importe depositado para la promoción pública de viviendas y el cumplimiento de políticas de fomento del derecho al acceso a la vivienda. Ver Decreto
Sociedad Cooperativa Europea con domicilio en España
Las sociedades cooperativas europeas han visto con esta disposición concluido el proceso de adaptación de la legislación comunitaria en esta materia. Aun cuando el Reglamento Europeo -Reglamento (CE) núm. 1435/2003, del Consejo, de 22 de julio de 2003- era directamente aplicable, existían una serie de cuestiones que necesitaban regulación específica –inscripción, regularización, etc.- Se consigue así el reconocimiento en España de este tipo societario, permitiendo la intensificación de sus actividades transnacionales. Ver Disposición
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Procesos europeos monitorio y de escasa cuantía
La Ley 4/2011, de 24 de marzo ha venido a modificar la Ley de Enjuiciamiento Civil para facilitar la aplicación en España de determinadas vías de reclamación transfronteriza en asuntos civiles y mercantiles. Se trata del proceso monitorio europeo- por el que se pueden reclamar créditos pecuniarios no impugnados- y del proceso europeo de escasa cuantía –que comprende cualquier tipo de demanda cuando su valor, sin incluir intereses, gastos y costas, no rebase los 2.000 euros. Ver disposición
Los Tribunales comienzan a pronunciarse contra el canon digital
La Audiencia Provincial de Barcelona dictó el pasado 2 de marzo sentencia contra el canon que la Sociedad General de Autores (SGAE) pretendía cobrar por la venta de soportes digitales, al entender que no es posible calcular qué parte de ese material se destinaba a uso doméstico y qué parte a empresas. La sentencia -que es firme y condena a la SGAE a pagar las costas procesales- es la primera española que aplica la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea establecida en sentencia de 21 de octubre de 2010 y todo apunta a que no será la última. Ver Sentencia
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