Agilización en la Constitución de Sociedades Mercantiles
La Dirección General de los Registros y del Notariado a través de la Instrucción de 18 de mayo de 2011, señala las pautas que han de seguirse, tanto por Notarios como por Registradores, para agilizar los trámites en la constitución telemática de sociedades de capital. En especial, se tramitarán con mayor rapidez las que tengan un capital social inferior a 30.000 euros, cuyos socios sean personas físicas y el órgano de administración se estructure con administrador único, varios solidarios o dos mancomunados. Ver instrucción
Convocatoria de la Junta General de Accionistas
En la misma Instrucción –corregida por otra posterior de 27 de mayo- se intentan despejar las dudas interpretativas planteadas por la modificación del artículo 173 de las sociedades de capital, introducida por el Real Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre en relación a la convocatoria de la junta general de accionistas a través de la página web de la empresa- Ver Instrucción 27.05.11. Para rodear a los sitios web de las mayores garantías de seguridad y confidencialidad, CAMERFIRMA dispone de un certificado de SERVIDOR SEGURO que permite “dar fe” no sólo de la realidad del dominio sino también de su titularidad. Ver más
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Más facilidades para la gestión telemática en el ámbito fiscal y de Comercio Exterior
Desde Camerfirma, a través de la celebración de convenios para la creación de Puntos de Verificación Presencial, se posibilita que los asesores fiscales y operadores de comercio exterior puedan tramitar los certificados digitales de sus clientes. Se trata de hacer más fáciles, cómodas y accesibles las gestiones encaminadas a la obtención de aquéllos. Ver más
Medidas extraordinarias para combatir el empleo sumergido
El pasado 7 de mayo, entró en vigor el Real Decreto-Ley 5/2011, de 6 de mayo de “medidas para la regularización y control del empleo sumergido y fomento de la rehabilitación de vivienda” que pretende conceder un plazo de “gracia” –hasta el 31 de julio de 2011- para que las empresas en situación “irregular” (con empleados no declarados) puedan voluntariamente proceder a regularizarse sin sanción. Ver Real Decreto-Ley
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