Cámara de Comercio de Pontevedra, Vigo y Vilagarcía de Arousa

Asunto: Boletín Jurídico Nº29
Fecha de envío: 2011-12-29 10:44:18
Edición #: 85
Contenido:

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Simulador de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2011
La Agencia Tributaria pone a disposición del contribuyente este mecanismo que permite calcular el resultado de la hipotética declaración a partir de los datos que el propio interesado introduce. Aun cuando no tiene validez jurídica, puede resultar de utilidad para conocer de antemano cuál sería el resultado de la próxima declaración de la Renta a realizar en 2012. (Simulador IRPF 2011)
Calendario del Contribuyente
También en la página web de la Agencia Tributaria encontramos la información relativa a las diferentes fechas que el contribuyente –tanto particulares como empresas y profesionales- ha de tener en cuenta para proceder a cumplir con sus obligaciones tributarias.
(Calendario del contribuyente 2012)

No hay tasa judicial en los procesos monitorios de cuantía inferior a 3.000 euros
La reforma operada por la Ley 37/2011 de agilización procesal  que suprimió la exigencia de una tasa fija para el procedimiento monitorio en el que se reclamen cantidades inferiores a 3.000 euros, dejaba en el aire la cuestión de si esa exención se refería también a la tasa variable. La Dirección General de Tributos, en consulta vinculante, entiende que no procede satisfacer tasa alguna cuando la cuantía involucrada no excede de la mencionada cantidad. (Ver consulta)
 
Competencia para el otorgamiento de poder en las sociedades de capital
Sólo el órgano de administración tiene tal capacidad;  ni la junta general ni siquiera el socio único pueden alterar las reglas de funcionamiento de la sociedad y la distribución de competencias entre los órganos sociales. Así lo ha establecido la Dirección General de los Registros y del Notariado en Resolución de 4 de febrero. (Ver resolución)

No cabe pactar la prórroga forzosa en los contratos de arrendamiento de local de negocio
El Tribunal Supremo, en sentencia de 6 de septiembre de 2011, reitera que los contratos de arrendamiento de local de negocio celebrados de acuerdo con la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994, han de tener una duración determinada –o cuanto menos determinable-, sin que las partes puedan establecer el carácter indefinido del mismo. (Ver sentencia)

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